
La Jurisprudencia y Doctrina de la Sala de lo Constitucional
de la Corte Suprema de Justicia de Nicaragua
La experiencia nicaragüense en materia constitucional se remonta, al menos en el plano normativo, en los años siguientes de la independencia (1812). Nicaragua conoce los medios básicos de garantía de los derechos y libertades fundamentales –el amparo y el recurso de habeas corpus - desde el siglo XIX. En el país se promulgaron las leyes de amparo de 1894 y 1911, sustituidas posteriormente por la ley de 1939 y la ley actual con carácter constitucional, bajo el nombre común de amparo, que regulaba todos los demás procesos constitucionales. Por tal razón, la Corte Suprema de Justicia manifestó en su momento que el amparo y la inconstitucionalidad constituían un mismo recurso. (Cfr. Proyecto Regional de Justicia, Acceso a la Justicia Centroamericana y Panamá: Justicia Constitucional. PNUD, CINDE, 2000, p. 17). En Nicaragua la justicia constitucional es ejercida por un órgano integrante del Poder Judicial, creada por vía legal, se crea una Sala de lo Constitucional, para la resolución de los procedimientos constitucionales. El interés de este Proyecto de Investigación radica en el análisis del contenido de todas las sentencias emitidas por la Sala Constitucional (199 a 2004), como Sala concebida, sobre todo, para tipos singulares de procesos: el recurso de amparo y queja relacionados al recurso de hábeas corpus .
El resultado de la investigación permitirá al usuario tener un acceso fácil a la información de las resoluciones de la Sala Constitucional, la materia o el tema objeto del recurso, los datos la sentencia (número, fecha, hora, tipo de decisión), las partes involucradas, el objeto del recurso, las disposiciones constitucionales indicadas como violadas, la fundamentación doctrinaria y la motivación de la resolución. Esto facilitará el manejo de la información y un mejor acceso a la justicia constitucional a través de su doctrina.
El Proyecto, es dirigido por el Instituto Centroamericano de estudios Penales de la Universidad Politécnica de Nicaragua (ICEP de la UPOLI) con el auspicio y el apoyo del Grupo de Ética y Transparencia, y la Embajada de Finlandia. Colaboraron en su investigación Arlen Rebeca Flores Díaz, Jean André Quezada Rosales y Jairo López
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